Nuevas retenciones del IRPF

Con fecha 11 de julio se ha publicado en el BOE el RDL 9/2015, que modifica el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y que trae consigo una importante reducción en este impuesto.

Los profesionales que estén dados de alta en el régimen de autónomos pasarán del actual 19% que se venía aplicando desde enero, al 15% que comenzará a aplicarse desde julio de este año (2015). Es decir, en las facturas que se hagan a clínicas se aplicará el 15% de IRPF, y en el tercer trimestre del año (para aquellos que realicen declaración trimestral) se aplicará el 15% igualmente.

Aquellos autónomos que hubieran iniciado su actividad este año o estén dentro del periodo en que se permite reducir la cuota del IRPF (el año que se han dado de alta y los dos siguientes) podrán pasar del actual 9% al 7%.

La reducción del IRPF también se aplica a los trabajadores con contrato laboral. Esa reducción es variable según el sueldo. Para calcularla podéis utilizar la herramienta que la Agencia Tributaria tiene en su web, completando los datos que nos piden, siguiendo este vínculo: cálculo IRPF Agencia Tributaria

El cuadro resumen de estas modificaciones y otras aplicadas al resto de actividades las podéis consultar aquí.

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