La situación de la pandemia a provocado un aumento espectacular en el coste de los productos sanitarios. Si se observa la evolución de los precios sobre todo en los medios de barrera (los más necesarios actualmente) se puede apreciar una espectacular subida. Para paliar esa escalada, el Gobierno publicó el Real Decreto-ley 15/2020 en el que se incluye la excepción de la aplicación del impuesto en ciertos productos. Pero, ¿las clínicas privadas están incluidas en esa excepción?
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El IVA en los productos dentales
La modificación de la ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que entró en vigor en 2015 generó cierta confusión en cuanto a qué tipo se debía aplicar a los productos dentales. El tipo general para todos los productos pasó del 10% anterior al 21%. Sin embargo, en la modificación de la Ley se especificaba que seguiría siendo de aplicación un tipo reducido (10%) para «las prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad.»
Esto generó una confusión en cuanto al tipo a aplicar a ciertos productos dentales como implantes, productos ortodóncicos o trabajos de prótesis, aplicando bastantes depósitos dentales el IVA al 21% en prácticamente todos los casos.