Control de Legionella en clínicas dentales

El próximo 2 de enero de 2024 se empezará a aplicar el Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis. La aplicación de la normativa ha generado muchas dudas, ya que las comunidades autónomas aún no han establecido una aplicación de dicho Real decreto a su normativa de inspección sanitaria y la fecha de cumplimiento de la norma se acerca. En este artículo explicamos lo que contiene como mínimos el Real Decreto y cómo se puede aplicar en las clínicas dentales, que son los centros donde más polémica ha generado su inclusión en estos controles.

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Obligatoriedad de registro horario en el trabajo

Con fecha 12 de mayo de 2019 comenzará a implantarse de manera obligatoria en España el registro del horario de trabajo efectivo de los trabajadores (personal solo con un contrato laboral) en los centros de trabajo. La norma fue publicada en marzo mediante Real Decreto dictado por el Gobierno (puede consultarse aquí).

El RD modifica el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34, añadiendo un punto más al mismo, que quedando redactado así:

«9. La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo. Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada. La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.«

Cabe destacar lo siguiente:

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Mutuas accidentes de trabajo y autónomos

Recientemente ha sido publicado el Real Decreto-ley 28/2018, que incluye una serie de medidas que afectan a autónomos, como por ejemplo, la subida de las cuotas para tener, supuestamente, mejores coberturas.

Entre esas modificaciones está la que afecta a aquellos autónomos que no suscribieron una mutua de accidentes de trabajo al darse de alta como tales y optaron por tener la cobertura de accidentes de trabajo con el Instituto de la Seguridad Social. A dichos trabajadores se les está comunicando, por parte de la Seguridad Social, que deben suscribirse a una de las mutuas de accidentes de trabajo que tienen acuerdo con la Seguridad Social antes del 31 de marzo de 2019.

Aclaramos además en este artículo las dudas que podáis tener sobre las mutuas y los autónomos.

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