La Unión Europea publicó hace unos meses la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, tendente a facilitar que los trabajadores de estamentos o empresas públicas y privadas pudieran denunciar determinadas prácticas del centro donde trabajan con garantía de no sufrir represalias laborales.
En ese sentido, puede surgir la duda de, si en nuestras clínicas, debemos aplicar esta Directiva, que establece la creación de un sistema llamado «canal de denuncias» en el centro para que los empleados puedan ejercer el derecho que ampara esta norma. Dicho canal debe establecerse antes del 1/12/2013.
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