En la actividad clínica puede ocurrir que, por desavenencias con el paciente o cualquier otra situación en la que este requiera su historial clínico nos encontremos ante la duda de si entregar o no copia de las radiografías que se ha realizado en la clínica y por las que no se le ha cobrado.
En muchas ocasiones, las clínicas ofrecen un «diagnóstico gratuito» que incluye radiografías diversas que no se cobran al paciente ni aparecen en ningún presupuesto que se le realiza al mismo. Es necesario matizar que la historia clínica del paciente no solo incluye las anotaciones que se realizan en cada visita, sino también toda aquella información clínica que se utiliza para el diagnóstico y tratamiento del paciente, a saber: radiografías, análisis, informes…
Por tanto, si un paciente solicita copia de su historia clínica es necesario entregar todo el material que sobre el mismo se tenga en la clínica, lo haya pagado o no. Es decir, si al paciente no se le presupuestaron las radiografías o no se le exigió ningún pago por las mismas no se le puede cobrar después por ellas, ya que eso sería impedir el derecho de acceso del paciente a sus datos y un problema con la Agencia de protección de datos.
Eso mismo se aplica si un paciente no ha abonado del todo un tratamiento, si pide la historia hay que entregarla, lo cual no impide que le pueda exigir por otra vía (burofax) el pago del tratamiento.
El único caso que la Ley de protección de datos permite que se cobre por el acceso a los datos es cuando el paciente solicite de manera repetitiva sus datos (y ya se le hayan entregado), el resto de las solicitudes son gratuitas según especifica el artículo 12.5 del REGLAMENTO (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo. El plazo de entrega de los datos es de un mes desde su solicitud. Si el paciente no especifica concretamente lo que quiere que se le entregue, se le pude requerir que indique exactamente qué datos solicita.
En el mismo sentido de entrega de información ciertos casos se hacen algunos tipos de estudios que no se cobran a pesar de su complejidad, para intentar captar al paciente (estudios de ortodoncia en Odontología o estudios de pisada en Podología, por ejemplo). En estos casos ocurriría lo mismo que con las radiografías: si no se le han presupuestado antes al paciente no se le puede cobrar el derecho de acceso a los mismos.
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