El 2 de agosto se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural. En dicha norma se ha modificado el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, incluyéndose ciertas medidas de ahorro energético, sobre todo control de la temperatura del local, en las que se pueden tener dudas sobre si son de aplicación en un centro sanitario.
El Real Decreto modificado indica lo siguiente:
«Por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos:
a) Administrativo.
b) Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
c) Pública concurrencia:
- Culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares.
- Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Restauración: bares, restaurantes y cafeterías.
- Transporte de personas: estaciones y aeropuertos.»
No se incluyen, por tanto en esta redacción a las clínicas médicas de ningún tipo, así como tampoco a las farmacias.
Podemos concluir, por tanto, que las medidas de ahorro energético, como el control de limitación de la temperatura, impuestas por el RDL 14/22, no son de aplicación en clínicas médicas o farmacias.
Sí que se debe tener en cuenta que, sobre todo en el caso de las farmacias, habría que tener cierta precaución con la iluminación de los escaparates. Si bien es cierto que, por lo general, las clínicas no cuentan con un escaparate, el RDL 14/22 indica que el alumbrado de los mismos deberá apagarse a las 22 horas. Por lo que es recomendable, a pesar de que la clínica no cuente con un escaparate como tal, apagar las luces o pantallas que puedan existir, si la clínica está a pié de calle y tiene estos elementos, a partir de esa hora y hasta que lo vuelva a indicar el Gobierno.